Ayuntamiento de la Villa de Santa Brígida
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Licencia de obra menor

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Descripción

Requiere la previa licencia municipal la realización de obras de pequeña envergadura que no suponen la modificación del volumen de la edificación, del uso objetivo de las instalaciones y servicios de uso común o del número de viviendas y locales, ni afectan al diseño exterior, a la cimentación, a la estructura o a las condiciones de habitabilidad o seguridad de los edificios e instalaciones de todas clases.

Plazo de presentación de la solicitud

No existe un plazo para la presentación de la solicitud por parte del interesado

Plazos de resolución del trámite

El plazo máximo para la resolución de este procedimiento por parte del Ayuntamiento es de 3 meses.

Normativa aplicación

    - Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
    - Ley 8/2007, de 28 de mayo, de suelo
    - Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía
    - Real Decreto 2187/1978, de Disciplina Urbanística
    - Normas contenidas en el Planeamiento Municipal de cada municipio o normas subsidiarias, y, en su caso, Ordenanzas Municipales aplicables
    - Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local

Organismo al que pertence el trámite

Ayuntamiento de la Villa de Santa Brígida

Realizar el Tramite

Realización del trámite por internet

Indicaciones

Solicitud y obtención de la licencia de obra menor vía internet, siempre que el usuario esté en posesión de un certificado de la FNMT (certificado digital).

  • Documentación necesaria para realizar el trámite por internet: Ninguna
  • Costes: Se aplicará la tarifa que corresponda de acuerdo con las ordenanzas fiscales vigentes

Iniciar Solicitud Icono formado por una flecha hacia la derecha que representa el acceso al trámite

Realización del trámite presencialmente

Indicaciones

Solicitud y obtención de la licencia de obra menor vía presencial.

  • Documentación necesaria para realizar el trámite presencialmente:
  • Dirección donde relizar el trámite:
  • Horario:
  • Costes: Se aplicará la tarifa que corresponda de acuerdo con las ordenanzas fiscales vigentes
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